¿Cómo queda el Impuesto sobre el Patrimonio en 2023?

La batalla entre las Comunidades Autónomas por atraer el patrimonio de las grandes fortunas se intensificó el año pasado. Se trata de un impuesto que en el año 2021 recaudó en todas las regiones 1,461 millones de euros. 

Cada Comunidad Autónoma ha decidido desarrollar una estrategia diferente para aumentar la recaudación a través de este tributo o eliminarlo -en este caso, al considerarlo una doble imposición injusta para las rentas más altas que podría provocar el traslado de la riqueza fuera de su territorio-. 

Entre las regiones que han optado por subir la tributación a través de este impuesto se encuentran Cataluña, donde el tipo máximo ha pasado del 2,75% al 3,48% para los años 2022 y 2023, la Comunidad Valenciana, que ha aumentado la tasa máxima del 3,5% al 3,75% en los ejercicios de 2023 y 2024; y Navarra, que ha introducido un nuevo tramo gravado al 3,5% (el máximo estaba establecido en el 2%). Además, hay varias regiones que tienen el umbral del mínimo exento, de 700.000 euros, más reducido: Aragón (400.000€), Cataluña, Extremadura y Comunidad Valenciana (500.000€).

En el lado contrario, varias autonomías han decidido eliminar o aliviar la recaudación propia que percibían a través de este tributo. La región presidida por Moreno Bonilla ha aprobado cambios legislativos para bonificar al 100% el IP en 2022, uniéndose a la Comunidad de Madrid, que lo hace desde el año 2011. Galicia, si bien no elimina de manera efectiva este impuesto, la bonificación del mismo aumentará del 25% al 50% para la declaración de 2023, mientras que la Región de Murcia subirá el umbral exento hasta los 3,7 millones de euros. En este caso, se ha decidido establecer el umbral en esta cantidad para eximir a todos aquellos que no tengan que presentar el IGF. 

El Impuesto a las Grandes Fortunas igualará la tributación por territorios en 2022 y 2023

La aprobación el pasado 27 de diciembre del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (IGF) a nivel estatal lastra las diferentes estrategias marcadas por las Comunidades Autónomas. Este tributo se aplicará de manera complementaria al Impuesto sobre el Patrimonio. 

De esta manera, aquellas personas que se beneficien de la bonificación autonómica, en el caso de haberla, tendrán que tributar por el IGF. Esto sucederá para los ejercicios de 2022 y 2023, ya que este nuevo impuesto es de carácter temporal y se aplicará a las fortunas superiores a los tres millones de euros, eximiendo los primeros 700.000. En definitiva, supone la anulación efectiva de la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas al revertir las bonificaciones -totales o parciales- que hayan aprobado en el Impuesto sobre el Patrimonio.

Los contribuyentes de las regiones que hayan establecido tipos máximos en el Impuesto sobre el Patrimonio inferiores al 3,5% -el tipo máximo del IGF- serán susceptibles de pagar este nuevo impuesto nacional,a demás de aquellos ciudadanos que vivan en Comunidades Autónomas que tengan bonificaciones establecidas.

El Impuesto sobre el Patrimonio: una anomalía en Europa 

El Impuesto sobre el Patrimonio no tiene prácticamente equivalentes en los países de nuestros entorno: solo otros dos países del continente: Suiza y Noruega tienen un tributo que grava las fortunas. Si bien otros países que no imponen tasas sobre el patrimonio neto, sí que deciden obligar a tributar por algunos activos. Por ejemplo, Italia grava las propiedades en el extranjero; Bélgica, las cuentas de valores; y Francia, cambio el impuesto sobre las fortunas (ISF) sobre uno aplicable a las fortunas inmobiliarias (IFI).

Economía>Nacional

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