A pesar de continuar en fase de audiencia pública, el proyecto de Real Decreto de la Ley 18/2022, más conocida como la Ley Crea y Crece, pretende reducir la deuda empresarial, especialmente en las pequeñas y medianas empresas, además de agilizar y controlar los pagos. En definitiva, una nueva norma que pretende mejorar el clima empresarial del país, incrementando también la inversión extranjera y la creación de empleo.
Rafael Pérez Linares, socio director de SPE Asesoría y Roger Dobaño, CEO de Quipu, en una jornada organizada por la Asociación Madrid Network, abordan la futura ley haciendo hincapié en cómo afectará y especialmente, en cómo abordará la morosidad comercial y a través de qué vías de financiación promoverá el crecimiento empresarial.
La nueva facturación electrónica
El reglamento de facturación fija históricamente la numeración, la fecha de vencimiento, los datos fiscales, etc. Por otro lado, hay que identificar si es una factura ordinaria, simplificada, rectificativa, además de otros aspectos legales como su obligatoriedad o la conservación durante unos años de la misma. Campos que no van a modificarse más allá de que se podrá emitir de manera electrónica, a través de un fichero, como cualquiera otro tipo de impuesto, para agilizar su procesado.
La dinámica actual de la administración pública es conectar cada vez más con el ecosistema empresarial obteniendo como consecuencia que el volumen de requerimientos sea cada vez mayor y que Hacienda esté más informada. A pesar de que la facturación electrónica a la administración pública está vigente desde 2015, con la nueva Ley Crea y Crece tendrá un funcionamiento distinto.
La nueva facturación electrónica se hará efectiva a través de un programa gratuito que la administración pondrá a disposición de las empresas para poder facturar. Con ello, aparte de luchar contra la morosidad, pretende solucionar el abuso de plazo de pagos, contando con un máximo de 60 días, sin pretender por ello que sea un control fiscal para Hacienda ni cambiará su normativa. Tampoco sustituye a las obligaciones del Suministro Inmediato de Información (SII) ni de otro tipo de organizaciones.
Con la aprobación de la nueva ley se introduce un nuevo artículo donde se obliga a emitir las facturas electrónicas entre empresas y autónomos, B2B, para quedar constancia de sus relaciones comerciales. Además, estas deberán cumplir con lo dispuesto en la normativa de facturación y, sus emisores (empresas y autónomos) tendrán que facilitar el acceso a los programas informáticos necesarios para que los remitentes puedan gestionar las facturas de forma gratuita durante cuatro años.
Una vez recibida la factura deberá existir un acuse de recibo para aceptarla o rechazarla que no podrá superar los cuatro días naturales. La declaración del pago será de obligada certificación con un máximo de hasta 60 días, sin más fin que informar a la Administración del estado de ese recibo.
Observatorio de morosidad
Con la aprobación de la nueva Ley Crea y Crece se creará el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, siguiendo las directrices de la Unión Europea. A pesar de no estar completamente definidas las consecuencias para las empresas que incumplan la normativa, pero sí que estarán excluidas de cualquier ayuda o subvención pública.
Otro de los puntos aún en el aire será la manera de comunicar a las empresas morosas sus incumplimientos, si se hará de manera anual a través de un listado como actualmente se realiza. Aunque, por otro lado, sí que se esperan “incentivos para el cumplimiento de los plazos de pago”, según explica el experto en software, Roger Dobaño.
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