La Comisión Europea ha propuesto retrasar de manera excepcional durante un periodo de siete meses la aplicación de las nuevas normas sobre distribución de seguros que regulan su venta. De este modo, si se cumple la petición de Bruselas, la normativa no entraría en vigor hasta el 1 de octubre de 2018. La directiva comunitaria sobre distribución de seguros regula su venta y establece requisitos que los distribuidores deben cumplir, como la obligación de proporcionar información a los consumidores antes de firmar los contratos, además de normas de transparencia y de responsabilidad. 15 países comunitarios, Suecia, Italia, Portugal, Eslovenia, Austria, Croacia, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, República Checa, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta y Reino Unido, y el Parlamento Europeo han reclamado aplazar la entrada en vigor de las normas sobre seguros, una decisión que los 28 deben consensuar ahora con la Eurocámara. La CE señala que «a pesar de que el periodo de transposición previsto y el hecho de que la fecha de entrada en aplicación era bien conocida para todos los agentes, parece que algunos distribuidores de seguros, especialmente los de menor tamaño no están plenamente listos para las nuevas normas». El Ejecutivo comunitario ha apuntado que, a pesar de que la aplicación de la normativa se demore, los países de la UE deberán introducir esta directiva en su ordenamiento jurídico antes de que venza el plazo inicialmente previsto, que concluye el 23 de febrero. En caso de que los países no cumplan, se exponen a sanciones, como las que afronta actualmente España, que pagará 186.000 euros diarios por saltarse las leyes de contratación pública de la UE y se expone a otra multa de 106.000 euros diarios por no adaptarse a la normativa hipotecaria europea.
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