La Unión Europea lleva varios años reconfigurando su estructura legislativa para adaptarla a la cada vez más predominante realidad digital. Desde finales de 2020, el club de los Veintisiete viene confeccionando una nueva normativa que busca evitar el abuso de posición dominante por parte de las grandes tecnológicas. La iniciativa, que está a pocos días de publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea, está liderada por la vicepresidenta de la Comisión Europea y comisaria de Competencia, Margrethe Vestager.
Para controlar mejor a las grandes corporaciones, la UE planea crear la figura del “gatekeeper” o “guardián de acceso”, que hace referencia a las empresas grandes con capacidad de modificar, o influir, en las condiciones mediantes las que el resto de compañías llegan a sus clientes.
Los nuevos requisitos de la Ley de Mercados Digitales
Desde Bruselas se han propuesto nivelar el campo de juego en Internet al crear más transparencia, confiabilidad y opciones tanto para las empresas como para los usuarios finales. Para conseguir esta meta, el texto no está enfocado a cualquier compañía que opere online, sino que se reserva a las que entren en la categoría de “guardianes de acceso”. Las empresas catalogadas como tales deben garantizar, entre otras facilidades, que los usuarios finales puedan darse de baja o desinstalar fácilmente de los servicios de la plataforma, o detener la instalación del software de forma predeterminada junto con el sistema operativo. Además, estas tendrán que proporcionar datos de rendimiento publicitario, información de los precios de los anuncios, permitir a los desarrolladores utilizar sistemas de pago alternativos en la aplicación y que los usuarios finales puedan descargar aplicaciones alternativas.
Otra prohibición importante que introduce esta ley es la de cruzar datos personales de usuarios finales recopilados a través de su plataforma central con aquellos adquiridos de otros servicios de terceros o de la propia corporación, a menos que el cliente haya dado su consentimiento específico. También se les exigirá que faciliten la portabilidad efectiva de los datos generados a través de su plataforma central.
¿A qué empresas afecta?
Para ser considerado guardián de acceso, una compañía debe cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, debe tener un tamaño mínimo: una facturación anual en el Espacio Económico Europeo (EEE) igual y superior a los 7.500 millones de euros en los últimos tres ejercicios o su capitalización media es, al menos, de 75.000 millones en el último año. Además, la plataforma que opere la empresa debe contar con 45 millones de usuarios activos mensuales en la Unión Europea y, al menos, 10.000 empresas haciendo uso de esta.
Los guardianes de acceso también se les supone el control de una importante puerta de enlace para los usuarios comerciales hacia los consumidores finales: se supone que este es el caso si la empresa opera un servicio de plataforma central con más de 45 millones de usuarios finales activos mensuales establecidos o ubicados en la UE y más de 10 000 empresas activas anuales. En tercer lugar, para catalogar a una empresa como gatekeeper debe tener una posición arraigada en el mercado. La Unión Europea considera que esta condición se cumple si la corporación en cuestión cumple los dos primeros criterios en los últimos tres ejercicios.
La Unión Europea también abre la puerta a que estas empresas puedan rechazar esta etiqueta mediante la presentación de argumentos fundamentados.
En la práctica, estos requisitos implican que las corporaciones afectadas van a ser pocas en número, pero con mucho poder, como Apple, Meta, Amazon y Google. Esta última ha sido noticia por la histórica multa de 4.125 millones de euros que ha ratificado el Tribunal General de la Unión Europea a mediados de septiembre.
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