Los autónomos han comenzado 2023 con cambios y subidas en sus cuotas en un 8,6% tras la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para este ejercicio. Una tónica que continua al conocerse el aumento del tope máximo de aquellos autónomos que ejerzan diferentes empleos para que se puedan reembolsar el 50% del sobrante de su cotización.
Un 9,5% más en el tope de cotización comparado con 2022, lo que equivale a una cuota anual de 1.444,46 euros más al año a la Seguridad Social para que estos autónomos con pluriactividad reciban la parte proporcional de sus tributos.
Se entiende como régimen de pluriactividad, que no pluriempleado, aquella situación en la que el trabajador presta sus servicios siento tanto como autónomo como asalariado por cuenta ajena. Según la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales para el Estado en 2023, en su artículo 7, estos tienen derecho anualmente “al reintegro del 50% del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía de 15.266,72 euros con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en este régimen especial en razón de su cotización por las contingencias comunes”.
Medida que afecta al 7% de los autónomos en pluriactividad…
En España, actualmente, existe un 7% de trabajadores pertenecientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) que se encuentran en situación de pluriactividad según el último Análisis del Mercado de Trabajo elaborado trimestralmente por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Porcentaje que equivale a 235.000 autónomos, especialmente menores de 25 años (13,6%) y trabajadores que en su actividad como asalariado no supera el medio año de antigüedad (14%). Todos ellos, si exceden los 15.266,72 euros en 2023 en sus cuotas, ya no podrán recibir la devolución por ese exceso en sus cuotas.
…y también a autónomos con Tarifa Plana
Aquellos trabajadores que se hayan dado de alta por primera vez en 2023 en el RETA y hayan optado por la Tarifa Plana, por ley, no pueden obtener el exceso de sus cuotas pagadas. Así lo estipulan los Presupuestos Generales del Estado:
“La aplicación de los incentivos propios de la realización de actividades en régimen de pluriactividad es incompatible con cualquier otra bonificación o reducción establecida como medida de fomento del empleo autónomo.”
Con la Tarifa Plana, el autónomo pasa a pagar durante el primer año 80 euros mensuales a la Seguridad Social. Esta reducción en su cotización puede prologarse durante un segundo año siempre que el trabajador no supere el Salario Mínimo Interprofesional en neto.
No está reñido darse de alta por primera vez como autónomo y trabajar en situación de pluriactividad. No obstante, y según la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, el trabajador deberá elegir entre acogerse a la Tarifa Plana o las bonificaciones del exceso de sus cuotas a la Seguridad Social.
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